A través de una serie de resoluciones publicadas este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía de la Nación declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para Chubut, Santa Cruz y 16 departamentos de la provincia de Mendoza. Las normativas, que llevan la firma del ministro Luis Caputo, buscan mitigar los severos daños económicos causados por contingencias climáticas como la sequía extrema, los fuertes vientos, las heladas tardías y el granizo.

Para acceder a los beneficios fiscales y a las líneas de financiamiento subsidiadas que prevé la Ley Nacional N° 26.509, los productores damnificados deberán presentar ante los organismos nacionales los certificados de afectación emitidos por sus respectivos gobiernos provinciales.
El impacto región por región
1. Chubut: Alivio para la ganadería por sequía
A través de la Resolución 746/2026, el Ejecutivo Nacional dispuso la emergencia agropecuaria para todas las explotaciones ganaderas de la provincia del Chubut afectadas por la sequía de los últimos meses.
- Vigencia: Rige de forma retroactiva desde el 7 de enero de 2026 y se extenderá hasta el 7 de enero de 2027.
- Gestión: El gobierno chubutense deberá remitir el listado de los productores afectados a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios para habilitar las prórrogas impositivas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y créditos bancarios blandos.
2. Santa Cruz: Sequía y vientos extremos
Mediante la Resolución 792/2026, se oficializó la medida para los productores ganaderos santacruceños, quienes además de la falta de lluvias sufrieron las consecuencias de ráfagas intensas de viento que erosionaron las pasturas naturales.
- Vigencia: El período de asistencia abarca desde el 3 de febrero de 2026 hasta el 3 de febrero de 2027.
3. Mendoza: El mapa de las heladas y el granizo
La Resolución 765/2026 activó la emergencia en 16 departamentos mendocinos para proteger los cultivos agrícolas y vitivinícolas que sufrieron pérdidas totales o parciales. En este caso, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación coordinará la firma de convenios específicos de asistencia.
- Por Heladas: El período de amparo abarca desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027.
- Por Granizo: La vigencia comenzó el 1 de enero de 2026 y se mantendrá hasta el 31 de marzo de 2027.
- Zonas alcanzadas: Entre los departamentos afectados se encuentran San Carlos, Tunuyán, Tupungato (Valle de Uco); Junín, Rivadavia, San Martín (Zona Este); Las Heras, Lavalle, Maipú (Zona Norte); General Alvear y San Rafael (Zona Sur).
Dato clave para el lector: La declaración de «desastre» agropecuario (a diferencia de la «emergencia») se reserva para aquellos productores que hayan perdido más del 80% de su capacidad productiva, lo que los exime del pago de ciertos impuestos nacionales en lugar de solo prorrogar los vencimientos.