La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dictó una medida que cambia el envasado de los remedios. Será obligatorio que todos los medicamentos incorporen un código QR o Data Matrix en su caja para acceder al prospecto de forma digital.
La medida, formalizada a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, deroga la normativa anterior (Disposición N° 3294/25) y expande la obligatoriedad a todas las especialidades medicinales, sin importar su origen —sintético, semisintético o biológico— ni su condición de expendio (ya sea de venta libre, bajo receta, receta archivada o decreto).

El foco principal de la reforma oficial es sustituir paulatinamente el papel por el escaneo móvil, aprovechando la evolución tecnológica para mejorar la protección de la salud pública.
Según los considerandos de la norma, los códigos bidimensionales «permiten el acceso inmediato a información actualizada, contribuyendo a evitar la circulación de prospectos desactualizados y fortaleciendo la seguridad del paciente».
La normativa detalla pautas estrictas sobre cómo deberán funcionar estos enlaces tecnológicos:
- Contenido exclusivo: el QR deberá remitir única y exclusivamente al prospecto vigente aprobado por la ANMAT y a la información destinada al paciente o profesional de la salud.
- Prohibición publicitaria: el código no podrá redirigir, en ningún caso, a contenidos promocionales, comerciales o publicitarios del laboratorio.
- Actualización en tiempo real: los datos deberán estar alojados en un repositorio bajo exclusiva responsabilidad del titular del remedio, garantizando su visualización continua y en tiempo real.
El texto oficial aclara que el código bidimensional debe venir impreso en el envase secundario (la caja exterior) o bien agregado mediante una etiqueta que cuente con tecnología antifraude, quedando a elección de los laboratorios sumarlo también al envase primario (como el blíster o frasco).
Para tranquilidad de los usuarios que no están familiarizados con la tecnología o no disponen de conectividad, el artículo 2° especifica que el código QR podrá coexistir con la versión impresa en papel, siempre y cuando el laboratorio titular del registro farmacéutico opte por mantener ambos formatos.

El organismo fijó un plazo de seis (6) meses para que los titulares de los registros generen la totalidad de los códigos bidimensionales bajo estándares internacionales de trazabilidad (como el sistema GS1).
Finalmente, la ANMAT dispuso que la implementación física de estos QR en las farmacias y cadenas de suministro se realice de manera progresiva. El proceso contemplará un cronograma que permita el total agotamiento del stock de medicamentos ya fabricados, asegurando una transición ordenada hacia el nuevo ecosistema digital sin afectar el normal abastecimiento del mercado.

