Con el propósito de regular el seguimiento legal sobre organismos que, operando bajo normativas del derecho privado, forman parte del Sector Público de Mendoza, el fiscal de Estado, Fernando Simón, emitió el pasado 20 de mayo la Resolución 11.
Con esta medida, según manifestaron desde el organismo de control, «Lo que se pretende es compatibilizar eficiencia en la gestión con la transparencia que exige la administración de recursos que son de todos los mendocinos».

A partir de esta normativa, diversas transacciones y operaciones de estos entes provinciales —tales como toma de deuda, inversiones, firmas de contratos, pagos de honorarios extraordinarios o transferencias de acciones— quedarán sujetas a la fiscalización y posterior dictamen de la Fiscalía de Estado de Mendoza.
Desde el propio órgano de control fundamentaron la necesidad de este marco regulatorio al señalar que «Se ha observado en los últimos años una tendencia sostenida por parte del Estado Provincial a la utilización de figuras del derecho privado (tales como las sociedades civiles y comerciales, asociaciones civiles, fundaciones, fideicomisos y otras formas), por medio de las cuales se descentralizan funciones públicas de administración, ejecución de políticas, disposición de fondos y recursos estatales».
Asimismo, remarcaron que si bien esta «técnica de descentralización funcional resulta legítima», se vuelve indispensable fijar reglas claras y precisas para auditar su funcionamiento.

El fin último de la resolución es garantizar que estas entidades adapten su conducta a los principios de transparencia y al derecho público, aprovechando la agilidad operativa que ofrecen los formatos privados pero sin descuidar el control estatal.
Para alcanzar esta meta, el documento oficial determina que «resulta de especial relevancia que los entes mencionados establezcan sus propias disposiciones generales implementando sus regímenes de compras y contrataciones, de calidad, de compliance, de auditoría externa o similares que rijan su actividad, remitiéndolos en forma previa a esta Fiscalía de Estado por la relevancia institucional que ostentan, para verificar su adecuación a los principios generales de índole pública».

