La Cámara Federal de Casación Penal dictó este lunes una resolución clave que modifica las condiciones de detención de Julio De Vido. Tras un revés inicial en instancias inferiores, el exministro de Planificación Federal obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria en el marco de la condena que cumple por la Tragedia de Once.

El cuadro clínico: la clave del fallo
La decisión de los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci se fundamentó en el delicado estado de salud del exfuncionario, de 76 años. Según consta en los informes médicos incorporados al expediente, De Vido sufrió un infarto agudo de miocardio el pasado 1° de abril, episodio que requirió la colocación de un stent.

Los profesionales de la salud alertaron sobre un “alto riesgo cardiovascular”, condición que se ve agravada por sus patologías preexistentes. De Vido padece diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial.
El giro judicial
El Tribunal Oral Federal (TOF) había rechazado inicialmente la solicitud de la defensa para que el exministro abandonara el Complejo Penitenciario de Ezeiza. Sin embargo, los magistrados de Casación anularon dicho fallo al considerar que la situación médica actual de De Vido no puede ser abordada adecuadamente en el entorno carcelario.
A pesar de conceder el beneficio, la Cámara le encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control estricto y periódico sobre el cumplimiento de la detención en el domicilio del exfuncionario para garantizar que se respeten las restricciones impuestas por la ley.

La condena vigente
Cabe recordar que Julio De Vido se encuentra cumpliendo una pena como partícipe necesario del delito de defraudación contra la administración pública por la Tragedia de Once, ocurrida en febrero de 2012, en la cual perdieron la vida 52 personas.

