La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la protección judicial de los bosques nativos de Chaco al anular por unanimidad una decisión que había flexibilizado la suspensión de los desmontes en la provincia. Con esta resolución, también quedó restablecida la prohibición de otorgar nuevos permisos para el cambio de uso de suelo.
En la práctica, el fallo implica la plena vigencia de la medida cautelar dictada en 2024, que había sido establecida para frenar el avance de los desmontes sobre áreas de bosque nativo consideradas de alto valor ambiental.

La decisión representa un nuevo respaldo judicial a las políticas de conservación y, además, establece un precedente relevante para futuros conflictos ambientales en distintas regiones del país.
Un fallo con alcance nacional
Los jueces de Casación reafirmaron que los principios de prevención y precaución deben orientar las decisiones judiciales cuando están en juego bienes colectivos como los bosques nativos, aun cuando no se hayan producido daños ambientales irreversibles.
De esta manera, el tribunal sostuvo que la intervención judicial puede resultar necesaria frente a riesgos potenciales para el ambiente, sin necesidad de esperar a que el perjuicio se concrete.
La sentencia fue celebrada por la ONG Aves Argentinas, que destacó el valor institucional del fallo y remarcó que los principios del derecho ambiental deben ser aplicados de manera efectiva y no permanecer únicamente como conceptos teóricos.
Principios ambientales reforzados
Entre los aspectos más destacados de la resolución, la Cámara fortaleció la aplicación de varios principios fundamentales del derecho ambiental, entre ellos el principio precautorio, el preventivo, el de no regresión, el principio in dubio pro natura y el de tutela judicial efectiva.

Según la interpretación del tribunal, estos criterios obligan a las autoridades administrativas y judiciales a priorizar la protección del ambiente cuando existen dudas razonables sobre posibles impactos negativos.
En ese sentido, los magistrados dejaron establecido que los jueces tienen la responsabilidad de actuar preventivamente frente a amenazas ambientales que puedan afectar ecosistemas de importancia estratégica.
Cuestionamientos al nuevo ordenamiento territorial
Uno de los ejes centrales del fallo estuvo vinculado al nuevo Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) aprobado por la provincia de Chaco.
La Cámara analizó las leyes provinciales 4005-R y 4152-R y concluyó que la sola sanción de nuevas normas no constituye un argumento suficiente para levantar una medida cautelar ambiental previamente dictada.
Los jueces señalaron que, para modificar una protección judicial vigente, debe demostrarse de manera concreta que los cambios normativos no implican una reducción del nivel de resguardo ambiental alcanzado anteriormente.

En este caso, el tribunal consideró que esa condición no fue acreditada, por lo que resolvió mantener plenamente vigente la cautelar que limita los desmontes y restringe la emisión de nuevas autorizaciones para modificar el uso de suelo.
Con esta decisión, la Justicia federal volvió a poner el foco en la necesidad de garantizar la conservación de los bosques nativos chaqueños y reforzó el criterio de que la protección ambiental debe prevalecer ante posibles riesgos para los ecosistemas.

